viernes, 20 septiembre 2024
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    5 preguntas sobre la ley de amortización hipotecaria

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    Cambios en el panorama hipotecario español. Una directiva europea, cuyo objetivo es incrementar la protección del consumidor a la hora de firmar un préstamo para la compra de una vivienda, así como regular las tareas de los prestamistas, ha provocado la implantación de una nueva norma.

    Así, se ha puesto en marcha el engranaje para la conocida como ley de amortización hipotecaria, Ley XX/2016, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. Entrará en vigor seis meses después de su publicación en el BOE. De momento, sólo es un anteproyecto de ley.

    ¿Qué es?

    Se trata de un anteproyecto de Ley que regulará los contratos de crédito inmobiliario. Surge como respuesta a una directiva del Parlamento Europeo acerca de los contratos de préstamos para la compra de viviendas de uso residencial.

    ¿A quién afecta?

    Tanto a las personas que contraten una hipoteca como a las entidades que las comercializan. En cuanto a aspectos concretos, como en la amortización anticipada, a préstamos de nueva firma así como los ya existentes.

    ¿Qué novedades conlleva para los hipotecados?

    La desaparición de varias comisiones. Así, a la hora de suscribir el préstamo, sólo se podrá cobrar una comisión (en la actualidad se pueden añadir dos: la de estudio y la de apertura) en la que se incluirán los gastos de estudio, apertura, tramitación, concesión…

    En cuanto a la amortización anticipada de la hipoteca, no tendrá ningún coste si se hace a partir del sexto año. Si se lleva a cabo durante los tres primeros años de vida del préstamo será de hasta el 0,50% de capital y entre los tres y los cinco años, del 0,25%.

    Además, estará prohibida la exigencia de contratación de productos vinculados para lograr la concesión del préstamo. De hecho, sólo se aceptarán si su firma conlleva un claro beneficio (rebaja de las cuotas) para el suscriptor.

    ¿Qué deberán cumplir las financieras?

    Según la norma, los prestamistas e intermediarios deberán actuar, indica el proyecto de ley, de forma «honesta, imparcial, transparente y profesional«. Y lo harán «respetando los derechos y deberes de los prestatarios».

    Así, deberán estudiar los perfiles crediticios de los solicitantes para asegurarse de que podrán cumplir con los compromisos que adquieran.

    También deberán conocer a la perfección los productos que comercializan, ni tampoco podrán recibir incentivos en función de las ventas que culminen.

    ¿Qué pasa con los préstamos en moneda diferente al euro?

    El titular de la hipoteca podrá modificar la divisa de referencia por otra alternativa que será aquella en la que reciba la mayor parte de sus ingresos o tenga la mayoría de sus activos. O la monedo del Estado en el que resida tanto cuando firma el préstamo como cuando pide el cambio.

    También deberán informar periódicamente a los hipotecados de la evolución de este producto. Y alertarles en el caso que las cuotas superaran en un 20% lo que tendrían que abonar si se hubiera suscrito en euros.

     

    Maica López
    Maica López
    Periodista especializada en información financiera. En CrediMarket.com desde 2013. Antes he trabajado en Bankimia y 20 minutos, entre otros. Me encanta la novela negra, la música y bailar jazz.
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