Tal y como establece la ley, se hereda tanto lo bueno como lo malo, es decir, se heredan tanto los bienes y derechos como las obligaciones y cargas.
Por lo tanto, al heredar una vivienda sobre la que pesa un crédito hipotecario, se hereda la vivienda pero también la hipoteca.
Herencia de hipotecas
En nuestro país, la ley que regula las herencias es el Código Civil. En su artículo 1003 establece que por la aceptación pura y simple de la herencia, el heredero quedará responsable de todas las cargas de la herencia, no sólo con los bienes de ésta, sino también con los suyos propios.
Por lo tanto, si al aceptar la herencia en ésta hubiese una casa sobre la que pesara una hipoteca, ésta pasaría a ser responsabilidad del heredero quien, a partir de ese momento, será el encargado de hacer frente a las cuotas mensuales del préstamo.
En este caso, el banco no puede cambiar las condiciones de la hipoteca y simplemente debe cambiar el titular del préstamo. Para llevar a cabo el trámite tan sólo necesitará los documentos del testamento o el certificado de defunción, si no existiese testamento. Este trámite no conlleva la modificación de las escrituras del préstamo y por lo tanto, no implica ningún coste.
Para evitar que los herederos deban hacerse cargo del préstamo hipotecario, es recomendable, junto con la hipoteca, contratar un seguro de vida. A través de esta póliza, la aseguradora asume el pago de la cantidad pendiente de amortizar del préstamo en el momento del fallecimiento del titular.
Si no existe un seguro de vida asociado al préstamo y el heredero debe hacer frente al pago de las cuotas siempre queda la opción de vender el bien heredado.
Herencia a beneficio de inventario
Pero aceptar una herencia no es obligatorio. Al recibir una herencia hay tres opciones:
- Aceptar la herencia con las deudas incluidas, si las hubiera.
- Rechazar la herencia si considera que no es capaz de asumir el pago de la deuda.
- Aceptar la herencia a beneficio de inventario. Cuando existen dudas de que la herencia pueda llevar consigo deudas, lo mejor es aceptar la herencia a beneficio de inventario.
A través de la figura jurídica del beneficio de inventario se produce una total separación entre el patrimonio heredado y el patrimonio del heredero, exonerando a éste de toda responsabilidad por la deuda existente en la herencia.
Es decir, al aceptar la herencia a beneficio de inventario se consigue:
– Limitar la responsabilidad como heredero.
– Limitar la titularidad de la herencia conforme a los bienes que la componen.
– Conservar íntegras todas las acciones que el heredero tenía contra los bienes del difunto.
En definitiva, con la aceptación de la herencia a beneficio de inventario el heredero está obligado a pagar las deudas y las demás cargas de la herencia sólo hasta donde alcanzan los bienes de la misma y las deudas no contaminan, además, el patrimonio del heredero.