El Banco de España ha aprobado la circular de las fundaciones bancarias que, entre otros aspectos, regula el fondo de reserva que deben constituir estas entidades, cumpliendo así con la habilitación concedida por la Ley de cajas de ahorros de 2013 y el Real Decreto de octubre de 2015 que la desarrolla. Así lo ha comunicado el organismo gobernado por Luis María Linde en un comunicado.
La Ley de cajas de ahorros fijaba una serie de obligaciones para las fundaciones bancarias, que se hacen más exigentes en función de la participación que ostenten en una entidad de crédito.
Así, las fundaciones bancarias deben elaborar un protocolo de gestión y un plan financiero anual siempre que su participación en una entidad financiera sea superior al 30%.
En cambio, si la participación es igual o superior al 50%, o existe control de la entidad, «el plan financiero deberá reforzarse con un programa de diversificación de inversiones y gestión de riesgos y con la constitución de un fondo de reserva o, como alternativa a esto último, con un plan de desinversión en la entidad de crédito», concreta el Banco de España.
En concreto, la circular afecta a las fundaciones procedentes de las cajas de ahorro que existían antes de la crisis económica y de las fusiones bancarias. Es el caso de CaixaBank, Unicaja, IberCaja o Kutxabank, entre otros.