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Estoy alquilada en un piso y me ha llegado una carta de un banco diciendo que el propietario ha realizado un contrato de pignoracion sobre los derechos de arrendamiento. fueron cedidos al banco en el año 2013.Me solicitan ingresar los derechos del crédito (entiendo que es el importe del alquiler) en una nueva cuenta en dicho banco a nombre del propietario. ¿Esto es lo que quiere decir en realidad?¿Es esto imprescindible?¿No debería ser el propietario el que se encargara de transferir ese importe? ¿puede tener algún tipo de consecuencias en mi contra si el propietario no cumple su obligación?
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