Hola maria, Le obligación de aportar las facturas que justifican que has aplicado el importe del préstamo a la finalidad para la cual lo has solicitado, vendrá determinada por lo que te pida el banco o la financiera. Normalmente los bancos te advierten si una vez firmado el préstamo tendrás que llevarles las facturas correspondientes o no. También es posible que este punto quede recogido en las cláusulas del contrato o póliza del préstamo que firmas. En este último caso, si lo indica el contrato o póliza, si no aportas las facturas y aplicas los fondos recibidos a otra finalidad distinta, estarías incumpliendo el contrato y por lo tanto la entidad bancaria o financiera, podría decidir dar por vencido el préstamo anticipadamente y reclamarte la totalidad del importe pendiente. En mi opinión, si existe la posibilidad de que vayas a aplicar el importe del préstamo a una finalidad distinta de la que le has dicho al banco, creo que para evitar problemas, es mejor que hables con tu oficina y lo expliques. Un saludo. Javier