La campaña de la renta 2024-2025 comienza el 2 de abril con importantes novedades que afectan a diferentes perfiles. Este ejercicio introduce cambios en los tramos, deducciones, límites de ingresos y también en las condiciones para quienes alquilan. En esta guía te explicamos todo lo que debes saber para hacer la declaración sin errores.
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- 1 Cambios clave en la campaña de la renta 2024
- 2 Deducciones por alquiler de vivienda: novedades
- 3 ¿Estoy obligado a presentarla?
- 4 Fechas de la declaración de la renta 2024-2025
- 5 Cómo acceder al borrador de la declaración
- 6 Qué documentación necesitas
- 7 Cómo presentar la declaración de la renta
- 8 Dudas frecuentes en esta campaña 2024-2025
- 9 Y tú, ¿estás listo para la renta?
Cambios clave en la campaña de la renta 2024
Estas son algunas de las principales novedades fiscales para este ejercicio:
- El límite de ingresos con varios pagadores pasa de 15.000 a 15.876 euros anuales.
- Se amplía la reducción fiscal para rentas bajas: hasta 7.302 euros si se gana menos de 19.747,5 euros al año.
- Las madres trabajadoras pueden deducir 1.000 euros extra por gastos en centros de educación infantil.
- Las ayudas públicas recibidas por personas afectadas por la DANA quedan exentas de tributar.
- Se mejoran los beneficios por donaciones: los primeros 250 euros donados desgravan un 80 %. A partir de ahí, el porcentaje sube del 35 % al 40 %.
- Se introducen nuevas reducciones fiscales para propietarios que alquilen vivienda habitual, con condiciones específicas según el contrato y el tipo de arrendatario.
Deducciones por alquiler de vivienda: novedades
Este año, las reducciones fiscales por arrendamiento cambian notablemente, de ahí que hayamos querido desgranarlas con más detalle. Se aplican de esta manera:
- Contratos anteriores al 26 de mayo de 2023: se mantiene la reducción del 60 %.
- Contratos entre el 26 de mayo y el 31 de diciembre de 2023: reducción variable entre 90 % y 50 %, dependiendo de factores como zona tensionada, reducción de renta, edad del inquilino, etc.
- Contratos firmados desde el 1 de enero de 2024: hasta 90 % de reducción si el alquiler se sitúa en una zona tensionada y se ha reducido la renta al menos un 5 % respecto al contrato anterior. 70 % si se alquila por primera vez y el inquilino tiene entre 18 y 35 años.
- Otras reducciones del 50 % al 60 % según condiciones específicas.
Consejo: revisa bien las condiciones del contrato y la ubicación del inmueble para asegurarte de aplicar la deducción correcta.
¿Estoy obligado a presentarla?
Además de los perfiles habituales, este año se amplía la obligación a ciertos contribuyentes que antes estaban exentos. Deben presentar la renta:
- Quienes hayan obtenido más de 22.000 euros anuales de un solo pagador.
- Quienes hayan cobrado más de 15.876 euros de varios pagadores y el segundo haya pagado más de 1.500 euros.
- Todos los autónomos, sin excepción, independientemente de lo ingresado.
- Quienes hayan recibido prestaciones por desempleo o el Ingreso Mínimo Vital.
- Contribuyentes con rendimientos del capital mobiliario (intereses, dividendos) superiores a 1.600 euros.
- Personas con ingresos de alquileres u otras rentas superiores a 1.000 euros anuales, incluyendo rendimientos de actividades económicas o ganancias patrimoniales.
Importante: aunque no estés obligado, si te han retenido de más o tienes derecho a devoluciones, te conviene presentarla para recuperar ese dinero.
Fechas de la declaración de la renta 2024-2025
Estas son las fechas que marca el calendario de la Agencia Tributaria:
- 2 de abril de 2025: se inicia la presentación por internet.
- 29 de abril de 2025: comienza la solicitud de cita previa para atención telefónica.
- 6 de mayo de 2025: arranca la campaña de atención telefónica.
- 29 de mayo de 2025: se abre la cita previa para presentar en oficinas.
- 2 de junio de 2025: se inicia la atención presencial en la Agencia Tributaria.
- 30 de junio de 2025: último día para presentar la declaración de la renta.
Cómo acceder al borrador de la declaración
Puedes revisar y modificar el borrador fácilmente desde la web de la Agencia Tributaria. Para acceder necesitas alguno de estos métodos de identificación:
- Cl@ve PIN
- Número de referencia
- Certificado digital
- DNI electrónico
Una vez identificado, accede al portal de Renta 2025, revisa tus datos fiscales, corrige lo necesario (por ejemplo, deducciones no aplicadas, datos erróneos…) y confirma tu declaración.
Qué documentación necesitas
Reúne con antelación todos los documentos para evitar retrasos o errores en la declaración. Necesitarás:
- DNI original.
- IBAN de tu cuenta bancaria.
- Referencias catastrales de inmuebles en propiedad o alquiler.
- Certificados de ingresos del trabajo, pensiones o prestaciones (empresa, SEPE…).
- Justificantes de capital mobiliario o inmobiliario: alquileres, intereses, dividendos, acciones, fondos de inversión.
- Documentación sobre compraventa de inmuebles o activos, si aplica.
- Facturas y justificantes que den derecho a deducción: hipoteca, donaciones, guardería, inversión en vivienda habitual…
- Certificados de discapacidad o familia numerosa, si corresponde.
Cómo presentar la declaración de la renta
Tienes tres formas de hacer la declaración este año:
1. Por internet
Disponible desde el 2 de abril. Puedes usar la web oficial o la app móvil de la Agencia Tributaria. Es la forma más rápida y cómoda si tienes el borrador correcto.
2. Por teléfono
Desde el 6 de mayo, previa solicitud de cita desde el 29 de abril. Un técnico de Hacienda te llamará para ayudarte a confeccionar la declaración.
3. Presencialmente
Puedes acudir a una oficina de la Agencia Tributaria desde el 2 de junio. Recuerda pedir cita previa a partir del 29 de mayo.
Dudas frecuentes en esta campaña 2024-2025
¿Si soy madre trabajadora puedo aplicar una deducción nueva?
Sí. Puedes sumar 1.000 euros adicionales por gastos en guarderías o centros infantiles de tu hijo menor de tres años, además de la deducción habitual por maternidad.
¿Qué pasa si tengo dos trabajos, pero no llego al mínimo?
Si no superas los 15.876 euros y el segundo pagador no te ha abonado más de 1.500 euros, no estás obligado a declarar.
¿Debo declarar si cobro una pensión o subsidio?
Dependerá del importe, la fuente pagadora y si hay uno o varios pagadores. Muchas pensiones o subsidios sí requieren declaración si se superan ciertos límites.
¿Qué ocurre si no presento la declaración estando obligado?
Podrías enfrentarte a sanciones económicas, recargos e intereses. Hacienda también puede requerirte el pago inmediato del importe correspondiente si has salido a pagar.
Y tú, ¿estás listo para la renta?
En definitiva: la campaña de la renta 2024-2025 introduce múltiples novedades que afectan tanto a trabajadores como a autónomos y propietarios. Los cambios en los tramos, deducciones y límites de ingresos hacen que sea más importante que nunca revisar tu situación fiscal a fondo.
Consulta tu borrador cuanto antes, ten lista la documentación y si tienes dudas, ponte en manos de un profesional para asegurarte de no pagar de más… Ni de menos. Y tú, ¿estás listo para la campaña?