Los seguros de tipo de interés son pólizas cuya función es cubrir ante la volatilidad de los tipo de interés a tipo variable. Los vehículos a través de los cuales las entidades financieras instrumentalizan estos tipos de seguros son los siguientes derivados financieros:
- Swaps o permutas financiera: su función es cubrir el riesgo de subida de los tipos de interés. Se establece un importe fijo y un tipo fijo (el valor por el que no queremos que suba nuestro interés), si los intereses bajan el cliente asume el coste de la diferencia y si los intereses suben el cliente tiene cubierta la diferencia del tipo.
- CAPs: consiste en acordar un tipo de interés máximo pagando una prima, de forma que nos protege cuando el tipo de interés sube por encima del tipo de interés acordado inicialmente. Si el interés incrementa por encima del máximo acordado la entidad financiera asume la diferencia.
Los swaps y sus inconvenientes
Supongamos que tenemos una hipoteca del euribor+0,75 y decidimos contratar un swap al 5% porque creemos que el interés subirá.
Si en la revisión el euribor tiene un valor del 4,75% nuestro interés asciende al 5,50%, entonces la entidad financiera nos cubrirá la diferencia correspondiente a los intereses.
Si en la revisión de la hipoteca el euribor tiene un valor del 2%, nuestro interés será del 2%. Como el valor de nuestro interés está por debajo del valor contratado deberemos pagar la diferencia al banco.
De forma que si el euribor hipotecario sigue una tendencia contraria a la que esperábamos nos perjudica y debemos pagar nosotros a la entidad financiera la diferencia, algo que no todo el mundo tiene claro cuando firma un swap.
Otro inconveniente es que si tenemos un swap y decidimos subrogarnos a otra entidad financiera tendremos que pagar la liquidación del swap, que puede suponer un importe muy elevado.
Antes de contratar un swap debemos tener claro que realmente no es un seguro del tipo de interés, es un derivado financiero. Y que sólo nos beneficiará si los tipos son altos, así que debemos estar muy seguros que el euribor seguirá una tendencia alcista para contratarlo.
Swaps y cláusulas de suelo: mala combinación
Las cláusulas de suelo son aquellas que limitan la bajada del tipo de interés variable de un préstamo hipotecario. Es decir, si tienes una hipoteca al euribor+0,70 y un suelo del 3%, si al realizar la revisión el euribor está al 1,2% tienes un tipo de interés del 1,9%, pero al tener la cláusula de suelo al 3% los intereses se calcularán en base al 3%, que es el mínimo que te aplica la entidad.
De forma que si tenemos un swap y una cláusula de suelo y el euribor tiene una tendencia bajista, debemos abonar al banco la diferencia correspondiente al swap. Además, la cuota de la hipoteca no se beneficiará.
Ejemplo de los CAPs
Los CAP consisten en que el cliente paga una prima por cubrir las subidas del tipo de interés.
Supongamos que tenemos una hipoteca al euribor+0,75 y contratamos un CAP del 4%. Pagaremos al banco una prima para poder asegurar hasta un máximo el interés.
Si el euribor sube en la revisión de la hipoteca y tiene un valor del 4%, como nuestro interés será del 4,75% la entidad financiera asumirá la diferencia de los intereses del 4% al 4,75%, depende del valor de la prima que habíamos pagado nos compensará el gasto asumido.
Si en la revisión el euribor se reduce y tiene un valor del 2%, nuestro interés será del 2,75%, como no supera el máximo que fijamos no asumimos ningún otro gasto, (sólo la prima que ya habíamos pagado inicialmente).
Se trata de un seguro que es interesante contratar cuando queremos una estabilidad y no preocuparnos de altos incrementos del euribor. Debemos tener presente la diferencia entre un CAP y un swap antes de contratar uno de los dos seguros.
Imagen| poracapulco.org