Una SICAV es un vehículo de inversión colectiva. Aquí te explicamos su origen, por qué se crearon, los requisitos necesarios, sus grandes ventajas fiscales y mucho más.
Qué es una SICAV
SICAV corresponde a las siglas de Sociedad de Inversión de Capital Variable y se trata, sencillamente, de un vehículo de inversión colectiva.
Podría decirse que son parecidas a los fondos de inversión. Y es que las SICAV gestionan el capital de inversores y, si todo va bien (logra plusvalías), repartirá a cada uno de ellos lo que le corresponda en función del dinero que haya aportado.
Las SICAV deciden en qué mercados colocar el capital que gestionan de cara a rentabilizarlo. Pueden decantarse por invertir en Bolsa, como por ejemplo en acciones de empresas, o bien en renta fija, por ejemplo en bonos y en obligaciones.
Según datos aportados por Inverco, a cierre de enero de 2023 había en España 500 SICAV que tenían un patrimonio de 16.147 millones de euros y que contaban con 103.955 accionistas.
Diferencias entre SICAV y fondos de inversión
Aunque tienen cosas en común, una SICAV presenta notables diferencias respecto a un fondo de inversión:
- Una SICAV tiene accionistas y un fondo de inversión, partícipes. Por tanto, cuando una persona decide invertir en una SICAV pasa a ser accionista de ella, exactamente igual que cuando se compran acciones de una empresa.
- La propia SICAV hace la labor de gestor y de depositario, en cambio un fondo de inversión encarga las inversiones a una gestora.
- Una SICAV es una Sociedad Anónima mientras que un fondo de inversión no tiene personalidad jurídica propia.
- Una SICAV nunca podrá tener un patrimonio 10 veces superior al capital inicial, en cambio un fondo de inversión no tiene ningún máximo legal.
El cuándo y el por qué de las SICAV
El origen de las SICAV en España se remonta a principios de los años 80 del siglo pasado, cuando el Gobierno dio el visto bueno a este medio de inversión colectiva.
El objetivo atraer capital. Y que las personas de aquí con un elevado patrimonio dejaran de invertir dinero fuera de España, en vehículos financieros que, por la ubicación de su domiciliación, ofrecían interesantes ventajas, sobre todo desde el punto de vista fiscal (pagar menos impuestos).
Por esta razón, el Gobierno dio el visto bueno a la creación de las SICAV; para intentar motivar e incentivar a las personas con un capital bastante importante a que dejasen su dinero en el país.
La verdad es que se logró el objetivo en parte. Unos prefirieron seguir teniendo su capital fuera de nuestras fronteras y otros optaron por utilizar las SICAV, fundamentalmente creando las suyas propias, para invertir su dinero.
Las ventajas fiscales de las SICAV
Las principales ventajas fiscales de las SICAV, como vehículo de inversión, son las siguientes:
- Su fiscalidad es del 1 % sobre los beneficios que obtenga. Pero para ello se exige que la cantidad de dinero que tenga invertido cada inversor en la SICAV sea como mínimo 2.500 euros. Es un reclamo muy atractivo para los inversores con un capital elevado.
- El inversor en una SICAV, mientras tenga su dinero invertida en ella, no tiene que pagar impuestos. En este sentido, es igual que cuando se invierte en un fondo de inversión o bien cuando se compran acciones de una empresa. Por ejemplo, si compramos acciones y un año después vamos ganando un 10 %, digamos 3000 euros, no tenemos que pagar nada en concepto de impuestos. Pero si las vendemos y hemos obtenido ganancias, sí tendremos que abonar un porcentaje. Con una SICAV sucede igual.
- El inversor puede sacar el dinero que tiene invertido en una SICAV y meterlo en otra. Este traspaso de capital no implica pagar impuestos, porque en realidad no ha rescatado el dinero para tenerlo él, sino que lo ha cambiado de un vehículo de inversión a otro de la misma naturaleza.
Los requisitos para crear una SICAV
Cualquier persona puede crear una SICAV siempre y cuando cumpla con una serie de requisitos que, dicho sea de paso, no son nada sencillos. Y son los siguientes:
- Tener un mínimo de 100 accionistas.
- Disponer de una capital inicial de al menos 2,4 millones de euros.
El truco de las SICAV (que ya no sirve)
Hace un tiempo, había personas bastante acaudaladas que creaban su propia SICAV. Pero en realidad no lo hacían con el objetivo de generar un vehículo de inversión en el que cualquier persona depositara su dinero sino que lo hacían para gestionar su propio capital.
Para ello, cumplían y respetaban el primer requisito: comenzar con un capital inicial mínimo de 2,4 millones de euros. El problema venía al tener que encontrar, como mínimo, a 100 accionistas o inversores.
Entonces llevaban a cabo el denominado efecto “accionistas de paja”. Es decir, introducían a 99 accionistas y cada uno aportaba una cantidad de dinero irrisoria y simbólica, de manera que el 99,9% del capital que había en la SICAV pertenecía únicamente a una persona, a quien la había creado con la finalidad exclusivamente de gestionar e invertir su patrimonio.
Este tema ha estado vigente durante mucho tiempo hasta que en 2021 cambió la legislación (la norma entró en vigor en 2022) y para que la SICAV tribute por el 1% de sus beneficios, se exige que la aportación mínima de cada uno de los accionistas ha de ser de 2.500 euros.
Este hecho ha provocado que desde ese momento hayan desaparecido en nuestro país casi el 80 % de las SICAV. En este sentido, el Libro Blanco de Bolsa y Mercados Españoles (BME) reflejó que este cambio normativo ha incrementado sustancialmente la deslocalización de estos vehículos de inversión.
Y muchas personas ricas han optado por cerrar sus SICAV y llevar su dinero fuera de España. Como a Luxemburgo, un lugar muy demandado, ya que se trata de un país con un sistema mucho más ventajoso para este tipo de inversión.