De cara a la campaña de la renta 2024-2025 son muchos los dueños de mascotas que se preguntan si pueden deducirse los gastos que conllevan (como el seguro, el veterinario y otros). La respuesta es fácil: si eres asalariado no podrás desgravarte los gastos de tus mascotas. En cambio, si eres autónomo y cumples unos requisitos, sí.
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¿Desgravan las mascotas para los asalariados?
Si eres asalariado, es decir, trabajas por cuenta ajena y a cambio recibes una nómina o salario, la legislación vigente no te permite desgravarte a tus mascotas en tu declaración de la renta.
Por tanto, no puedes deducirte los gastos relacionados con el veterinario, ni las medicinas, ni el seguro, etc.
Esto es debido a que las deducciones solo se pueden aplicar a los ingresos derivados de actividades económicas, y al ser un trabajador asalariado tus ingresos tienen la calificación de rendimientos del trabajo.
La Ley de Bienestar Animal, en contra de lo que hemos podido leer en otras noticias publicadas, no introduce novedades fiscales ni permite que cualquier persona pueda desgravarse gastos de sus mascotas.
¿Pueden los autónomos desgravarse en Hacienda los gastos de las mascotas?
Los autónomos, es decir, aquellos trabajadores por cuenta propia, sí tienen la posibilidad de poder desgravar frente a Hacienda los gastos originados por sus mascotas. Pero únicamente aquellos cuya actividad profesional está vinculada al cuidado, manejo o uso de animales. O sea, animales vinculados a su actividad económica. Más tarde vemos algunos ejemplos.
Como ocurre con casi cualquier otra deducción para autónomos (puedes consultar nuestras guías sobre si el seguro médico desgrava o si es posible deducirse el seguro del coche).
¿Qué requisitos hay que cumplir?
Para que un autónomo pueda sacar rédito fiscal de los gastos ocasionados por sus animales, deberá de cumplir con tres requisitos:
1º Los animales tienen que estar afectos a su actividad económica. Es decir, dichos animales deberán ser una herramienta más de trabajo y, por tanto, un elemento clave para desarrollar su labor profesional.
Esto significa que habría que diferenciar entre mascota y animal de trabajo:
- Los gastos de los animales que sean mascotas no desgravan fiscalmente: por ejemplo, si tienes en tu casa un perro, un gato, etcétera, es un animal de compañía.
- Los gastos de los animales que ayudan en la actividad profesional sí pueden desgravarse frente a la Agencia Tributaria: por ejemplo, los animales que utilizan los ganaderos, si se utilizan perros guardianes en el negocio, en el ámbito agrícola si se utilizan caballos o bueyes, etc.
2º Se debe de guardar y conservar todos aquellos justificantes y facturas de pagos realizados. Por ejemplo, la consulta del veterinario y el abono del seguro de responsabilidad civil. Esto servirá como medio de prueba si Hacienda pide que se acrediten los gastos que se pretenden deducir.
3º Dichos gastos han de constar fehacientemente en el registro de contabilidad del autónomo.
¿Qué gastos de mascotas pueden desgravarse en Hacienda?
Hemos visto que solo se pueden deducir aquellos gastos de animales que estén afectos a la actividad económica y profesional del autónomo. El resto no se pueden desgravar. Algunos ejemplos de gastos deducibles serían:
- El seguro de Responsabilidad Civil.
- Los gastos de la visita al veterinario.
- Vacunas y tratamientos médicos.