La quiebra es un proceso judicial que inician el titular de una empresa o sus acreedores cuando esta no puede ni podrá hacer frente a sus gastos. Dicho de otro modo, no cuenta con activos suficientes para cubrir todos sus pagos. Te lo explicamos aquí.
Qué es una quiebra
Se dice que una empresa está en quiebra cuando presenta una insolvencia económica. Es decir, el saldo de su patrimonio es negativo, insuficiente para afrontar sus obligaciones de carácter pecuniario. Y, con ello, se produce el cese permanente de su actividad.
Con la quiebra se inicia un proceso de carácter judicial, de cara a proceder a la liquidación de la empresa. En él se establece cuál es la deuda total que se tiene que pagar y se protege el patrimonio del que se dispone en ese momento para analizar qué parte de dicha deuda se saldará cuando se liquide el patrimonio. Un administrador judicial se encargará del cometido.
Tipos de quiebra
Existen diferentes tipos de quiebra, en función de quién solicite o cómo se origine el proceso judicial:
- Voluntaria: surge cuando el titular de la empresa solicita este proceso judicial ante la incapacidad permanente de poder pagar las deudas contraídas.
- Necesaria: son los acreedores de la empresa los que solicitan iniciar el proceso judicial.
- Sobrevenida: cuando la situación de iliquidez permanente de la empresa no se debe a cómo se ha gestionado sino a factores y elementos externos. Por ejemplo, una crisis de la economía, una recesión, la mala evolución del sector, etc.
- Culpable: es debido al empresario que con su mala gestión lo ha originado. No lo ha hecho deliberadamente, sino que su gestión ha sido negligente.
- Fraudulenta: la quiebra surge porque el empresario, de manera consciente, deliberada y con mala fe ha provocado la situación.
Cómo se produce una quiebra
Solo los acreedores o empresarios, nunca un juez, pueden solicitar el inicio de un proceso de quiebra. Concretando algo más, si el primer paso lo dieran los acreedores, el empresario contaría con un máximo de 8 días para presentar su oposición. El plazo empieza a computarse en el momento en el que se recibe la notificación.
Estas son las razones más habituales por las que un empresario se puede oponer al proceso de quiebra: para oponerse podrían enumerarse las tres más habituales:
- Considera que las deudas se han extinguido: porque están abonadas o porque han prescrito.
- Alega que el importe de las deudas es menor del que presentan los acreedores.
- Reconoce la existencia de las deudas y su importe, pero cree que la empresa dispone de activos suficientes para pagarlas más adelante.
En cualquier caso, el empresario deberá demostrar sus argumentos. Con el proceso de la quiebra, el titular ya no podrá seguir administrando y gestionando ni la empresa ni el patrimonio de la misma.
En su lugar, el juez designará a un administrador judicial para que se encargue de velar y salvaguardar el patrimonio existente de la empresa. Acto seguido, se procederá a convocar a todos los acreedores de la empresa para comunicarles el nuevo escenario.
Características de una quiebra
La quiebra presenta una serie de rasgos propios. Te detallamos los más destacados:
- La quiebra es un proceso judicial regulado por la ley. Busca proteger el patrimonio que en ese momento disponga la empresa e intentar, al liquidarlo, saldar la mayor parte de las deudas existentes, evitando fraudes.
- La empresa afectada tiene un saldo negativo: su pasivo (deudas, préstamos, pagos a proveedores, nóminas de trabajadores, etc.) es mayor que el activo o patrimonio (maquinaria, dinero, locales, oficinas, naves, etc.).
- Una quiebra no tiene marcha atrás, es irreversible. La empresa quebrada jamás volverá a reanudar su actividad y finalmente desaparecerá.
Cómo evitar la quiebra
Existen dos maneras de esquivar una quiebra. Te las explicamos aquí:
- Ampliación de capital: consiste en incrementar el patrimonio de la empresa, de manera que los activos sean mayores que los pasivos. Es decir, se disponga del capital suficiente para poder pagar todas las deudas pendientes. Para ello, la empresa puede incrementar el número de acciones o bien su valor nominal. Para evitar que los accionistas pierdan poder (al haber un mayor número de acciones, su trozo de tarta se diluye y es más pequeño), gozan del denominado derecho de suscripción preferente.
- Quita de deuda: el empresario intenta alcanzar con sus acreedores algún tipo de acuerdo que le permita, por ejemplo, reducir el importe de la deuda o aplazarla en el tiempo.
¿Son lo mismo quiebra y suspensión de pagos?
Se tiende a creer que la suspensión de pagos es lo mismo que la quiebra, y no es así. La suspensión de pagos se produce cuando una empresa no dispone, puntualmente, de liquidez para poder pagar sus deudas y obligaciones.
Es decir, se encuentra en una situación de incapacidad patrimonial. Pero se estima que es algo temporal, por lo que más adelante sí podría tener recursos suficientes para cumplir con sus responsabilidades.
En cambio con la quiebra nos encontramos ante una situación definitiva, de manera que ahora no puede pagar sus deudas, ni tampoco podrá hacerlo en el futuro.