Un préstamo participativo se caracteriza por tener un interés variable que dependerá de la evolución de la empresa del prestatario. Por esta razón, el prestamista estará interesado en que el negocio vaya bien. Te lo contamos todo acerca de este tipo de financiación y, si estás buscando el mejor préstamo para ti, entra en nuestro comparador de créditos.
- 1 En qué consiste un préstamo participativo
- 2 Cuáles son sus características
- 3 Regulación de los préstamos participativos
- 4 Ventajas y desventajas
- 5 Requisitos para pedir un préstamo participativo
- 6 Qué elementos debe tener el contrato de préstamo participativo
- 7 Qué es un préstamo participativo convertible
- 8 Qué es un préstamo participativo en fondos propios
En qué consiste un préstamo participativo
Un préstamo participativo es una modalidad de financiación a medio o largo plazo en la que el prestamista (puede ser una persona física o una entidad financiera) recibe una retribución variable en función de los resultados de la empresa prestataria. Incluso puede tener un interés fijo mínimo.
Es utilizado sobre todo por startups, PYMES y empresas en crecimiento. Su objetivo es fortalecer la solvencia sin diluir el capital (sin emitir acciones), es decir, mejorar los fondos propios sin necesidad de recurrir a una ampliación de capital o asumir una deuda bancaria.
Cuáles son sus características
Tres son las principales características:
- Para determinar el interés variable, se recurre a una serie de indicadores o ratios financieros que reflejan la evolución de la empresa prestataria, como por ejemplo el beneficio neto, la facturación, el EBITDA, etc.
- Las partes pueden acordar una cláusula de penalización en caso de amortización anticipada.
- Tiene menor prioridad de cobro si se compara con los préstamos tradicionales.
Desde el punto de vista fiscal, los intereses son gasto deducible para el prestatario (siempre que estén debidamente documentados y a valor de mercado). Para el prestamista, los intereses tributan como rendimientos del capital mobiliario o actividad económica (según el caso).
Regulación de los préstamos participativos
En España, los préstamos participativos están debidamente regulados mediante:
- El artículo 20 del Real Decreto-Ley 7/1996 sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y liberación de la actividad económica.
- La Ley 10/1996 del 18 de diciembre, acerca de medidas fiscales urgentes sobre corrección de la doble imposición interna intersocietaria y sobre incentivos a la internacionalización de las empresas.
Ventajas y desventajas
Este tipo de préstamos presentan una serie de ventajas interesantes, aunque también hay que conocer sus inconvenientes:
A favor:
- Es obligatorio que tenga un tipo de interés variable en función de la evolución de la actividad económica del prestatario, y cabe la posibilidad de que también haya un tipo de interés fijo mínimo.
- Suelen concederse sin exigir avales o garantías personales.
- Presentan periodo de carencia y amortización bastante amplio.
- No diluyen el capital y los socios mantienen el control.
- Refuerzan la solvencia, ya que contabiliza como fondos propios.
En contra:
- No se pueden amortizar anticipadamente, a menos que se compense con una ampliación de recursos propios por la misma cuantía, para no debilitar la estructura financiera de la empresa. Por tanto, no se permite devolver el préstamo antes de tiempo a menos que se refuerce el capital.
- Debido a que el tipo de interés es variable, suelen ser finalmente mayor que en el caso de un préstamo tradicional.
- El prestamista puede exigir información financiera periódica y cierto poder en la toma de decisiones.
- En caso de concurso o liquidación, los préstamos participativos se cobran después de todos los acreedores. Esto incrementa el riesgo para el prestamista.
Requisitos para pedir un préstamo participativo
Los requisitos para solicitar un préstamo participativo varían según quién lo otorgue, aunque hay una serie de cuestiones que son comunes en cualquier caso:
- El prestatario debe ser una empresa que esté debidamente constituida según la legislación vigente.
- Incluso en ocasiones también se exige que esté ya operativa y lleve actuando un determinado tiempo.
- No puede tener deudas pendientes e impagadas, ni estar en procedimiento concursal.
- Por tanto, ha de estar al día en sus pagos tanto con la Agencia Tributaria como la Seguridad Social.
- Debe tener un proyecto sólido, realista y viable, además de poder demostrar su capacidad de generar ingresos.
- Además, es clave contar con un mínimo de fondos propios o inversión inicial por parte de los socios.
Qué elementos debe tener el contrato de préstamo participativo
El contrato de préstamo participativo debe reflejar con claridad todos los aspectos legales y económicos que regulan esta modalidad de financiación, así como cláusulas especiales que lo diferencien de un préstamo ordinario.
Datos de ambas partes
Identificación que aporte información esencial de prestamista y el prestatario, como por ejemplo el nombre o razón social, el NIF, el domicilio y la representación legal (en caso de haberla.
Objetivo del contrato
Debe detallarse la finalidad del préstamo, concretamente financiación en la que el tipo de interés es variable y dependerá de la evolución de la empresa según una serie de indicadores financieros.
Importe del préstamo
Ha de constar el importe total y exacto del préstamo, moneda en el que se otorga, así como la forma de reembolso del mismo, que puede ser, por ejemplo, un pago único o un pago periódico.
Plazo de amortización
En el contrato ha de constar detalladamente la fecha de vencimiento o duración, así como si existe la opción de prórroga o de amortización anticipada y en qué condiciones.
Tipo de interés
Se ha de especificar si existe o no un tipo de interés fijo o porcentaje anual sobre el capital, así como el tipo de interés variable y qué indicadores financieros se tomarán de referencia para su cálculo (porcentaje de beneficios netos, facturación, EBITDA, etc.).
Forma de pago
Debe detallarse un calendario de amortización, así como la periodicidad de los intereses (mensual, trimestral, anual) y la forma o modalidad de pago, por ejemplo, mediante transferencia o domiciliación bancaria.
Normativa aplicable y jurisdicción
Ha de constar la normativa que regula el préstamo participativo en España, como sería el artículo 20 del Real Decreto-Ley 7/1996, así como la jurisdicción competente en caso de litigio.
Cláusulas adicionales
Cualquier cuestión que se quiera añadir, como por ejemplo si hay garantías, derechos adicionales del prestamista (derecho de seguimiento), confidencialidad de las partes, resolución anticipada del contrato, obligaciones adicionales del prestatario (presentación periódica de información contable, no repartir dividendos, no asumir nuevas deudas sin consentimiento).
Qué es un préstamo participativo convertible
Se trata de una modalidad de préstamo participativo que, además de las características propias de esta figura financiera, añade una cláusula que permite al prestamista convertir el dinero prestado en participaciones o acciones de la compañía prestataria, en lugar de recuperar el dinero en efectivo.
Por tanto, el prestamista tiene el derecho (no la obligación), de convertir su préstamo en capital. El contrato ha de reflejar cuándo y cómo puede ejercer dicho derecho. Le aporta la ventaja de entrar en el capital si la empresa crece, obteniendo más remuneración.
Qué es un préstamo participativo en fondos propios
Es un tipo de préstamo participativo que, por sus características y condiciones, puede computarse como parte de los fondos o recursos propios de una empresa, a efectos contables y financieros, aunque formalmente sigue siendo una deuda.
Se suele utilizar por parte de PYMES y startups para reforzar la solvencia económica sin necesidad de ampliar capital, también para evitar disolución s i el patrimonio neto está por debajo del 50 % del capital social, así como para financiación sin diluir a los socios.