Son ya más de 1,5 millones de hogares los que se benefician de las ventajas del bono social de la luz. Te contamos qué necesitas para que tu casa sea una de ellas.
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El bono social de la luz nació en 2009, como parte de la estrategia de protección de los consumidores de luz vulnerables por parte del gobierno central. Para adquirir las condiciones de consumidor vulnerable y consumidor vulnerable severo se marcan unos límites de ingresos anuales por unidad de convivencia.
Estos se fijan en el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.
Tener el bono social supone pagar mucho menos por el consumo eléctrico. Porque es sobre el que se aplica un importante descuento (actualmente, de entre el 40 y el 80 %, según la situación familiar).
Son los ingresos del hogar y el tipo de unidad de convivencia (con o sin hijos, familia numerosa o familia con un miembro con discapacidad) los que dan derecho a un mayor o menor descuento. Y los que determinan que el titular del suministro sea considerado consumidor vulnerable (y en qué grado).
El bono social se disfruta de forma indefinida (mientras no cambien las circunstancias que te dan derecho a tenerlo) en períodos de dos años. Cumplido este plazo, la comercializadora puede renovarlo automáticamente. O no, si la renta anual conjunta de la unidad ha aumentado y sobrepasado el límite marcado para cada supuesto.
Es la comercializadora la que comprobará si se mantiene el derecho al bono social y la que comunicará en la factura inmediatamente posterior al cumplimiento del plazo si el bono ha sido o no renovado.
Para ser beneficiario del bono social de la luz existen tres requisitos de partida:
- Ser persona física: no pueden solicitarlo las empresas.
- Estar acogido al precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC); es decir, tener una tarifa de último recurso con una comercializadora de último recurso, como Curenergía (de Iberdrola) Energía XXI (de Endesa) o Gas&Power (de Naturgy).
- No tener una potencia contratada superior a 10 kW.
Además, para entrar en la consideración de unidad de convivencia, deberá existir un vínculo entre sus miembros; bien matrimonial (o de pareja de hecho), bien de consanguinidad (hasta segundo grado), de afinidad o adopción. También forman parte de una misma unidad las personas con las que se conviva en circunstancias de guarda con fines de adopción o de acogimiento familiar permanente.
Dentro de los usuarios que cumplan estos parámetros, tienen derecho al bono social de la luz los considerados consumidores vulnerables y los consumidores vulnerables severos. En el segundo caso, el descuento es mayor y los requisitos, menos estrictos. Recogemos aquí la normativa sobre consumidores de luz y grados de vulnerabilidad frente a la crisis energética.
Como hemos explicado, es el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre el que define quién es un consumidor vulnerable. Puedes serlo en varios casos:
- Si la renta del titular del suministro (o la del total de miembros de la unidad de convivencia, si no vive solo) es igual o inferior a 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas (8.400 euros, en 2023). El multiplicador de renta se incrementa: en 0,3 por cada mayor de edad de la unidad, en 0,5 por cada menor de edad y en 1 si alguno de los miembros es víctima de violencia de género, víctima de terrorismo, persona con discapacidad superior al 33 % , está en situación de dependencia (grados II y III) o se trata de una familia monoparental.
- Si tenéis el título de familia numerosa, con independencia de los ingresos anuales.
- Si el titular o todos los miembros de la unidad familiar son pensionistas que perciben la cuantía mínima e ingresos extra anuales no superiores a 500 euros.
Teniendo en cuenta los anteriores criterios, un consumidor vulnerable severo es aquel cuya renta anual (o el conjunto de rentas de la unidad de convivencia) sea inferior o igual al 50 % del umbral que corresponda (según situación familiar), incrementados en su caso si se trata de unidades con miembros con situaciones especiales como las mencionadas.
En el caso de los pensionistas, serán consumidores vulnerables severos si tienen una renta anual inferior o igual a una vez el IPREM a 14 pagas. En el caso de las víctimas de violencia de género, el límite es una renta inferior o igual a dos veces el IMPREM a 14 pagas.
Que tengas un descuento (ya sea del 40 %, 65 % u 80 %) no significa que te lo apliquen sobre el total del consumo de tu factura de la luz. También se fija un límite de consumo anual en kWh que puede ser bonificado. Y cambia, en función del tipo de unidad de convivencia:
- Demanda individual o unidad de convivencia formada por dos personas: 1.587 kWh.
- Unidad de convivencia formada por tres personas, pensionistas que perciben cuantía mínima y unidad de convivencia formada por personas siendo una de ellas un menor: 2.222 kWh.
- Unidad de convivencia formada por cuatro personas y unidad de convivencia formada por tres personas siendo dos de ellas menores: 2.698 kWh.
- Unidad de convivencia formada por cinco o más personas, unidad de convivencia formada por cuatro personas siendo tres de ellas menores y familias numerosas: 4.761 kWh.
Si cumples todos los requisitos y crees que puedes optar al bono social de la luz, el trámite es sencillo (si obviamos toda la documentación que tienes que reunir). Puedes solicitar el bono social en Iberdrola, en Endesa y en todas las comercializadoras de último recurso, vía online.
Para ello, cada comercializadora pone a disposición de los usuarios un modelo de solicitud que se rellena online. Como un formulario. Te pedirán datos identificativos, datos del contrato y de los miembros de la unidad de convivencia.
Durante este proceso podrás adjuntar toda la documentación requerida. Como vas a comprobar, es la misma en todas. Lo vemos con unos ejemplos:
Endesa te da todas las vías que existen para solicitar el bono social. Además de rellenar un formulario online (para lo que necesitas estar registrado en el Área de Clientes de Energia XXI), puedes cumplimentar y enviar tu solicitud a través de su app. Otras vías son la postal (Apartado de Correos nº1167, 41080. Sevilla), por correo electrónico ([email protected]) y la presencial (en una de sus oficinas).
Para solicitar el bono social a Endesa deberás reunir estos papeles:
- Formulario Bono Social cumplimentado y firmado por toda la unidad familiar (la firma excluye a los menores de 14 años), ya que deben dar su consentimiento para la comprobación de requisitos. Cuentan los familiares hasta segundo grado de consanguineidad: hijos, cónyuge, padres, suegros, yernos y nueras, abuelos, hermanos, nietos y cuñados.
- Fotocopia del NIF o NIE del titular del suministro y de todos los miembros de la unidad familiar (todos los mayores de 14 años y los menores que lo tengan).
- Si hay hijos y/o matrimonios, el libro de familia y/o certificado/s de nacimiento y/o certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil que acrediten la relación de filiación y parentesco entre los miembros de la unidad de convivencia. Si sois pareja de hecho, necesitas el correspondiente certificado.
- Certificado de empadronamiento actualizado, en el que figuren todas las personas empadronadas en el domicilio familiar.
- Si sois familia numerosa, fotocopia del título en vigor.
- Si necesitas acreditar una circunstancia especial (víctima de violencia de género, discapacidad de más del 33 %, etc.), también tienes que aportar el certificado de Servicios Sociales o del órgano competente designado por la correspondiente comunidad autónoma.
- Si percibes el ingreso mínimo vital, la documentación que lo acredite.
Si eres de Curenergía (la comercializadora de último recurso de Iberdrola), también podrás solicitar el bono social rellenando online un formulario y adjuntando tus documentos. Son exactamente los mismos que te pedirán para poder optar al bono social en Endesa.
También puedes entregar el formulario firmado y la documentación exigida por otras vías, no solo la telemática: por correo electrónico ([email protected]), en los puntos de atención de Iberdrola (tienes un localizador en su web) o por correo postal (CURENERGÍA Comercializador de Último Recurso, S.A.U., Apartado de Correos 61.017, 28080 Madrid).
Son tantos los conceptos que entender, los documentos que reunir y las circunstancias que tener en cuenta para solicitar el bono social de la luz que es normal cierta confusión.
Las búsquedas en Internet relacionadas con el tema nos dan pistas de qué es lo que más dudas genera en torno al bono social. Y por qué aspectos preguntan más los usuarios. Intentaremos que no queden dudas con esta lista de preguntas y respuestas sobre el bono social.
Si acreditas la condición de familia numerosa, los requisitos de acceso al bono social cambian bastante. Aunque deben cumplir con los exigibles básicos (tener tarifa PVPC y potencia de menos de 10 kW).
Porque la renta anual pasa a ser indiferente. Ganes lo que ganes, podrás solicitarlo solo por tener tres hijos o más. Y beneficiarte de un descuento sobre un consumo máximo anual de 4.761 kWh (superior al de otros casos).
Además, el bono social de luz para familia numerosa no caduca: estára vigente mientras siga en vigor el título de familia numerosa.
Si dejas de cumplir con alguno de los requisitos exigidos, la comercializadora no renovará tu bono social cuando llegue el momento de tomar esa decisión (se renueva cada dos años).
Es la comercializadora la que hace las comprobaciones pertinentes para asegurarse de que aún tienes derecho a percibir la bonificación por consumidor vulnerable (o vulnerable severo).
Las personas con una discapacidad reconocida y superior al 33 % tienen más fácil el acceso al bono social. Porque la renta máxima permitida para poder solicitarlo es superior al que se plantea en el resto de supuestos: igual o inferior a dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas.
Tengo custodia compartida ¿cómo acredito que el menor está a mi cargo?
En las custodias compartidas, puede darse el caso de que convivas con un hijo menor no empadronado en tu domicilio pero del que sí te haces cargo al 50 %. Porque una persona no puede estar empadronada en dos domicilios. Tampoco puede formar parte de dos unidades de convivencia diferentes.
En este caso, te pedirán también una copia del acuerdo de guardia y custodia para demostrar que el menor forma parte de tu unidad familiar, aunque no conste así en el certificado de empadronamiento.