sábado, 10 enero 2026
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    El Gobierno limita los intereses de los créditos al consumo

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    El Gobierno ha dado luz verde al Anteproyecto de Ley de crédito al consumo, una normativa que regula estos productos financieros. ¿El objetivo? Prevenir el sobreendeudamiento de los usuarios y garantizar la seguridad jurídica de las empresas. Entre las novedades más destacables figura la limitación en los tipos de interés. Pero no es el único cambio importante.

    La nueva regulación

    La futura normativa, que traspone las directivas europeas en materia de créditos al consumo y servicios financieros a distancia, afectará tanto a los préstamos tradicionales y préstamos personales ofrecidos por los bancos, como a las tarjetas revolving, los minicréditos y los préstamos rápidos online

    Un cambio necesario en un mercado que, durante los últimos años, ha experimentado una profunda transformación. La digitalización del sector y la entrada de nuevos agentes y modelos de negocio han tenido mucho que ver. La clave: proteger al consumidor y reforzar las garantías para los operadores con un marco normativo homogéneo y claro. 

    Límites al coste de los préstamos

    Entre las novedades más importantes destaca el freno al coste de los préstamos, que fija un régimen general. La TAE no podrá superar un tipo máximo que se fijará en base al tipo medio publicado por el Banco de España y actualizado trimestralmente. A este se le sumará un “margen” que variará según el capital prestado y el plazo de devolución (por tramos). 

    Los tramos son

    • Hasta 1.500 euros: 15 puntos porcentuales.
    • 1.500 euros a 6.000 euros: 10 puntos porcentuales. 
    • Más de 6.000 euros: para plazos de menos de 8 años, 8 puntos. Para plazos de más de 8 años, 6 puntos.

    Hasta la entrada en vigor del Real Decreto, el interés máximo no podrá superar el 22 %. 

    Otros cambios

    La legislación también contempla un régimen especial para los créditos de alto coste. Se refiere principalmente a un tipo de préstamos: minicréditos con altos honorarios, por poco dinero, plazos cortos y tipos altos. A partir de su entrada en vigor se aplicará: 

    • Plazo de devolución mínimo de tres meses.
    • Interés máximo mensual del 4 %
    • Comisión máxima del 5 % con límite en los 30 euros.
    • El coste total no podrá exceder el de un préstamo anual por la misma cantidad bajo el régimen general. 
    • Mayores obligaciones de conducta y requisitos de publicidad.

    Además, los prestamistas deberán estar autorizados y supervisados por el Banco de España, algo que no ocurría hasta ahora con muchos prestamistas particulares.  

    Este anteproyecto ha sido aprobado en Consejo de Ministros a fecha de 7 de enero y se somete a audiencia pública hasta el 30 de enero. El Banco de España asumirá la supervisión del sector.

    Águeda A. Llorca
    Águeda A. Llorcahttps://es.linkedin.com/in/aguedallorca
    Periodista de profesión y tacañona por afición, caminos inescrutables la han llevado al mundo del SEO. En Acierto.com y Credimarket desde 2017, ha ejercido también de Directora de Comunicación y Jefa de Redacción en la compañía. La deco y los gatos son sus dos pasiones.
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