Tanto si tienes una vivienda alquilada como si eres inquilino, el IPC ya no es el máximo indicador para actualizar anualmente la renta mensual. Desde el 1 de enero hay un nuevo índice. Te lo explicamos aquí.
Qué es el nuevo índice del alquiler
El nuevo Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV) es el valor de base que se utilizará en la actualización de las rentas mensuales del alquiler de inmuebles, que ya no estará sujeta a la evolución del IPC.
Está en vigor desde el 1 de enero de 2025 y lo calcula el Instituto Nacional de Estadística (INE). Para ello se tienen en cuenta el valor mínimo entre la tasa de variación anual del IPC, la tasa de variación anual de la inflación subyacente y la tasa de variación anual media ajustada.
En qué contratos se aplica el nuevo índice del alquiler
El IRAV no se aplica a todos los contratos de arrendamiento. Se ciñe únicamente a los contratos que reúnan dos premisas. Sean:
- De alquiler de vivienda habitual.
- Se hayan firmado tras haber entrado en vigor la Ley de vivienda. Es decir, a partir del 25 de mayo de 2023.
En cambio, no se aplicará a los siguientes alquileres:
- De vivienda habitual firmado antes del 25 de mayo de 2023. En estos casos, cada año se actualizará la renta mensual según lo que se recoja en el contrato (generalmente el IPC).
- Vivienda temporal.
- De habitaciones.
- De inmuebles que no estén destinados a vivienda, como por ejemplo un local, oficina, despacho, plaza de garaje, trastero…
Dónde se puede consultar el nuevo índice del alquiler
Para consultar el índice IRAV bastará con entrar en la página web de INE. De hecho, ya lo empezó a publicar el 2 de enero de 2025. Y así lo hará a partir de ahora, lo dará a conocer a mediados de cada mes y se referirá al mes anterior.
De esta manera, el de febrero se tomará con el valor de enero; el de marzo con el de febrero; el de abril con el de marzo… Y, así, paulativamente.
¿Cómo se aplica el nuevo índice del alquiler?
El proceso de aplicación del nuevo índice del alquiler no difiere de cuando se utilizaba el IPC. Bastará con consultar en la página web de INE el índice y sumar el porcentaje de actualización que toque a la renta mensual del arrendamiento de la vivienda.
Ejemplo de aplicación del nuevo índice del alquiler
Imaginemos un contrato de arrendamiento de vivienda firmado en marzo de 2024 y el inquilino paga 1.000 euros al mes. No tocará revisarlo hasta un año después, es decir, hasta marzo de 2025. Bastará con que el propietario entre en la página web de INE y mire el índice. Supongamos que indica un 2 %.
En ese caso, un mes antes de la revisión (es decir, en febrero) el propietario deberá de informar al inquilino de que el alquiler subirá un 2 % desde marzo de 2025. Aplicando ese porcentaje a los 1.000 euros de cuota tenemos que se incrementará 20. Así, inquilino pasará a pagar 1.020 euros mensuales en vez de los 1.000 que pagaba antes.
¿Por qué ya no se usa el IPC como índice del alquiler?
En España, cuando hablábamos del alquiler de una vivienda, arrendadores y arrendatarios estaban acostumbrados a utilizar el IPC como base a la hora de actualizar las cuotas, en caso de que así estuviera estipulado por contrato.
La mecánica era sencilla: con un mes de antelación, el propietario notificaba al arrendatario la nueva renta mensual basada en ese registro. Solo se podía hacer la actualización una vez al año.
Pero ya es agua pasada. El el Gobierno decidió tomar como referencia otra variable que no fuese el IPC a raíz, básicamente, de las intensas subidas que ha registrado en los últimos años provocadas por, entre otros, la pandemia del COVID, la guerra entre Rusia y Ucrania, el auge del precio de la energía, etc. Que provocaron una escalada en las rentas mensuales del alquiler insostenibles para muchos inquilinos.