En este artículo publicado recientemente en Invertia describimos las condiciones que exigen las entidades bancarias a los jubilados que quieren solicitar financiación.
Muchos pueden pensar que es difícil que un jubilado obtenga un préstamo en esta coyuntura, pero la verdad es que por mucha crisis que haya en nuestro país los jubilados son de los pocos segmentos de población que parecen tener hoy por hoy asegurada su renta.
Es cierto por tanto que los jubilados sí pueden solicitar y conseguir préstamos y créditos personales con éxito y sin hipoteca.
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Le informamos de los requisitos generales y especiales que debe cumplir siendo jubilado o asimilado.
Requisitos generales de concesión de préstamo a un jubilado, rentista o pensionista
Algo fundamental por encima de la contingencia relativa al fallecimiento o supervivencia del solicitante del crédito es su capacidad de pago, es decir que la pensión ingresada mensualmente sea suficiente para hacer frente al pago de cuotas por deudas actuales y la nueva deuda solicitada.
Deberá aportar la siguiente documentación:
- Última declaración de la renta y dos últimos recibos/justificantes de pensión.
- DNI o tarjeta de residencia.
- Esto es aplicable tanto para jubilados como para rentistas o pensionistas por enfermedad, invalidez, viudedad, etc.
En función de la edad del cliente, el banco solicitará otros requisitos:
- Préstamos para prejubilados, seguros de vida y amortización: un prejubilado tendría además la opción de contratar un seguro de vida, hasta una edad máxima de 64 años, con lo que garantizar el capital del préstamo a favor del banco en caso de siniestro / fallecimiento.
El seguro de amortización sería sustitutivo del seguro de vida.
Prevenir de que no debe permitir que le suscriban ambos seguros, de vida y amortización, pues cubren la misma contingencia, siempre que al vencimiento del préstamo no supero los 65 años.
Y es que el seguro de vida solo cubre hasta la edad límite de 65 años, mientras que el seguro de amortización tiene una edad límite de cobertura de fallecimiento de 70 años. - Préstamos para jubilados menores de 75 años: estos pueden encontrar préstamos personales a su favor hasta la fecha en que el vencimiento del préstamo su edad máxima no supere los 75 años.
- Préstamos para mayores de 75 años: si es mayor de 75 años o supera esa edad a la fecha de vencimiento de la financiación se le pedirá un avalista, normalmente los hijos, aunque podría ser cualquier otra persona de menor edad sea o no familiar, aunque lo lógico es el aval de los hijos, futuros herederos.
También hay algunos bancos que reducen este factor a los 69 o 70 años de edad a vencimiento del préstamo.
Cuándo le van a requerir avalistas. Límites de edad e importe
Si como decíamos al vencimiento del préstamo supera la edad de 75 años o la pensión es muy justa, es necesario un avalista.
Otras entidades lo fijan prácticamente por importe, y si la solicitud supera por ejemplo los 6.000 euros exigen avalista/as.
El límite máximo de préstamo en garantía personal son 25 – 30 mil o hasta 50 – 60 mil según bancos.
La integración de deudas en la herencia
En caso de fallecimiento de titular único del préstamo y sin avalistas intervinientes en póliza, el banco tampoco lo va a tener todo perdido. La deuda se metería dentro de los pasivos de la herencia del fallecido, que tendrían que abonar los herederos para poder tomar posesión de los activos de la herencia (inmuebles, coches, joyas, saldos de cuentas corriente
Oferta de préstamos personales para jubilados
Desde financieras, como Carrefour, a los bancos tradicionales ofrecen préstamos para préstamos personales a jubilados con el mismo rigor que para empleados por cuenta ajena o autónomos por cuenta propia, adoptando sus especificaciones a las especialidades de estos acreditados de avanzada edad.
- Préstamos personales preconcedidos a particulares en edad de jubilación: hoy en día muchos bancos tiene clasificados importes preconcedidos de préstamo para que el cliente no tenga que molestarse y tenga conocimiento de que si requiere de cierta cantidad puede obtenerla con un clic en su banco habitual, o una sola llamada tras recibir una carta en su buzón de correo a domicilio.
Lo normal sería que según los datos económicos que tenga el banco de usted, pues le ofrezca una cantidad a disponer y devolver antes de que supere los 70 / 75 años. - Préstamos personales por tener el plan de pensiones en el banco: algunos bancos ofrecen la posibilidad de financiar hasta el 100% de los derechos consolidados en el plan de pensiones en dicha entidad.
Según su situación económica y patrimonial, en algún banco podrían plantearle la misma opción sin o con pignoración de las participaciones del propio plan de pensiones depositado y/o custodiado en el banco.
En conclusión, da lo mismo que usted tenga 60, 65, 70, 80, 90 o 100 años… siempre puede encontrar soluciones para encontrar financiación a préstamo estando vivo si supera los requisitos de riesgo del banco, siguiendo los criterios generales que le hemos indicado anteriormente.