En una hipoteca entre particulares, aquella que se firma sin la intervención de una entidad financiera, se debe exigir también la tasación de la vivienda o finca que se va adquirir. Así lo ha asegurado la Dirección General de los Registros y del Notariado (DGRN).
Y concreta que en la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social no se distingue entre las operaciones en las que interviene una entidad financiera de aquellas en las que el pacto lo es entre particulares.
Así, si se exige la certificación de tasación de una finca si la hipoteca la constituyen dos particulares, «atendiendo a la legislación vigente, que no distingue entre unas y otras hipotecas, debe ser afirmativa con independencia de la naturaleza del acreedor hipotecario», concluye.
Noticia vista en El Economista: Registros aclara que la hipoteca ‘sin banco’ también exige tasación