Vamos a ver qué es el modelo 650, esencial para poder recibir una herencia. Sabremos cómo se rellena, cuándo hay que presentarlo y las maneras en que se puede hacer.
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Qué es el modelo 650
El modelo 650 es el documento de autoliquidación del impuesto de sucesiones, que abonamos para poder percibir una herencia que hemos recibido. Junto con el modelo 650, también deberemos presentar lo siguiente:
- Certificado de defunción del fallecido.
- Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad.
- Primera copia del documento público y copia simple si hay bienes inmuebles.
- Copia autorizada del testamento.
- Testimonio de la declaración de herederos sino hay testamento.
- Justificación documental de todas las cargas y deudas que se quieran deducir.
- Saldos en entidades bancarias y otros productos financieros que pudiera tener el finado.
- Etiquetas identificativas de todos los herederos y del fallecido. Si no se tienen, se tendrá que presentar copia del NIF de cada uno.
Con al modelo 650 podremos determinar el porcentaje que se debe pagar a Hacienda por la adquisición de bienes vía herencia.
¿Cuánto determina que tenemos que pagar el modelo 650?
Dependerá de cada comunidad autónoma (es un impuesto que está cedido) y del grado de parentesco entre el fallecido y el heredero:
- Grupo 1: descendientes y adoptados menores de 21 años.
- Grupo 2: descendientes y adoptados mayores de 21 años, cónyuge, ascendientes.
- Grupo 3: herederos colaterales de segundo grado (hermanos) y tercer grado (sobrinos, tíos) y ascendientes o descendientes por afinidad.
- Grupo 4: colaterales de cuarto grado (primos).
Quién y cuándo se debe presentar el modelo 650
Están obligadas a presentar el modelo 650 a Hacienda todas aquellas personas que:
- Adquieran bienes y derechos por herencia, legado u otros títulos sucesorios.
- Sean beneficiarias de pólizas de seguros de vida y el titular de dicha póliza haya fallecido.
Además, se dispone de un máximo de seis meses, a contar desde el fallecimiento de la persona, para presentar el modelo 650 ante la Agencia Tributaria, de manera presencial o telematicamente. Y debe liquidarse en la Consejería de Hacienda de la comunidad autónoma donde residía el fallecido.
También se debe tener en cuenta que cada heredero tiene que aportarlo de forma individual.
Cómo se rellena el modelo 650
Para rellenar el modelo 650 tendremos que indicar una serie de datos e información:
- La fecha del fallecimiento.
- La fecha de nacimiento del heredero.
- Valor de lo que se hereda (expresado en euros). Si hay más de un heredero, cada uno de ellos deberá de indicar el valor de lo que recibirá a título individual.
- El grado de parentesco entre el fallecido y el heredero.
- El patrimonio (en euros) del heredero antes de recibir la herencia.
- Si los bienes que se heredan son en usufructo o no.
Modelo 650 y renuncia de herencia
En muchas ocasiones se renuncia a las herencias. Básicamente, porque el fallecido tenía muchas deudas o porque no se puede asumir el importe que conlleva el pago de los impuestos relacionados con la sucesión de un bien.
Y es que en algunas comunidades puede tener un importe considerable, máxime si la relación de parentesco entre el fallecido y el heredero no es en línea recta (de padres a hijos) sino que es en línea colateral (de tíos a sobrinos, por ejemplo).
En cualquier caso, la renuncia ha de hacerse de manera expresa y se tiene que formalizar en documento público, tras lo cual tiene efectos retroactivos desde la fecha de fallecimiento.
Es muy importante, en estos casos, proceder a lo que se denomina repudiación de la herencia, la renuncia. Así, no tendremos que pagar el impuesto de sucesiones, puesto que Hacienda estimará que nunca hemos adquirido los bienes y entonces heredarán los parientes del grado siguiente (tendrán ellos que pagar el tributo), pero no porque se lo hayamos transmitido.
La ley no impone un plazo determinado para renunciar a la herencia, pero conviene tener presente 2 cosas al respecto:
- No se puede renunciar a una herencia antes del fallecimiento de la persona.
- Es importante renunciar a la herencia antes de que pase el plazo para la liquidación del Impuesto (6 meses desde el fallecimiento).
Diferencias entre el modelo 650 y el 660
Los modelos 650 y 660 nos van a permitir poder liquidar la adquisición de una herencia:
- Modelo 650: se utiliza para la autoliquidación.
- Modelo 660: se usa para su declaración.
El modelo 660 de declaración de sucesiones es un modelo complementario al 650. En él se recogen dos cuestiones:
- Todos los bienes que forman el total de la herencia.
- Todas las personas que van a participar en la sucesión y que luego tendrán que presentar de manera individual el modelo 650.