sábado, 27 julio 2024
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    Deducción por compra de vivienda habitual en la renta 2023 – 2024

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    ¿Sabes cuándo te puedes aplicar la deducción por compra de vivienda habitual en la declaración de la renta? ¿Qué requisitos hay que cumplir? ¿Cómo hacerlo? Te lo explicamos todo aquí. 

    Especial declaración de la renta 2023 – 2024

    ¿Qué es la deducción por adquisición de vivienda habitual?

    En la declaración de la renta, la desgravación por compra de vivienda habitual es un beneficio fiscal a través del cual puedes recuperar parte del dinero que has invertido en la adquisición de un inmueble que, eso sí, debe ser tu residencia habitual.

    A nivel estatal estuvo vigente hasta el 1 de enero de 2013. A nivel autonómico, algunas comunidades (las veremos más adelante) aplican deducciones por la adquisición de viviendas habituales, pero en algunos casos concretos.

    Sobre todo, para personas de menos de cierta edad, titulares de hipotecas jóvenes, o porque el inmueble que se adquiere está en un enclave rural.

    Qué se considera vivienda habitual 

    Para saber en qué casos se puede aplicar la deducción por compra de vivienda habitual debemos tener claro qué hace que un inmueble sea considerado como tal. Y es que, desde el punto de vista de Hacienda, para que una vivienda tenga el carácter de residencia habitual tiene que cumplir una serie de condiciones: 

    1. Debe ser la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años. 
    2. Aunque no haya pasado ese tiempo, también se considera vivienda habitual si el contribuyente fallece o concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio. Entre otras, se case o se separe, se traslade por temas laborales o la vivienda es inadecuada para que resida una persona con discapacidad (el propio contribuyente o su cónyuge o un pariente, en línea directa o colateral, consanguínea o por afinidad, hasta el tercer grado, que conviva con él)
    3. Que el contribuyente entre a vivir en la casa como máximo un año después de la compra o final de las reformas.  

    ¿Cómo sabe Hacienda cuál es tu vivienda habitual?

    Hacienda dispone de varios recursos a la hora de comprobar cuál es en realidad tu vivienda habitual: 

    • Empadronamiento: tu dirección de empadronamiento tiene que ser la misma que la de tu vivienda habitual.  
    • Domicilio fiscal: tu domicilio fiscal tiene que ser el mismo que tu vivienda habitual. 
    • Recibos de consumo de suministros: comprobando los recibos de luz, agua, gas, teléfono, se puede saber si una vivienda está habitada o no y si denota que se vive en ella permanentemente o bien solo ocasionalmente. 

    Deducciones por compra de vivienda habitual a nivel estatal

    Hasta el 1 de enero de 2013, la compra de una vivienda permitía deducirse parte de su importe en la declaración de la renta. Esta deducción por compra de vivienda habitual estatal ya no existe y sólo se aplica en aquellos casos en los que la compra del inmueble se realizó con hipoteca antes del 1 de enero de 2013. 

    Esta deducción incluye el dinero que has pagado para comprar o mejorar tu vivienda y también cubre otros gastos relacionados, como los intereses de tu hipoteca o cualquier otro coste vinculado a la financiación. Por ejemplo, hay algunos seguros que desgravan, como el de hogar o el de vida.  

    En esos casos, la deducción sería hasta un máximo del 15% de la hipoteca, con un límite de 9.040 euros. Así pues, los inmuebles adquiridos desde 2013 no desgravan, aunque se está obligado a incluirlos en la declaración.  

    Desgravación por compra de vivienda habitual en Comunidades Autónomas

    De todas maneras, muchas Comunidades Autónomas ofrecen ayudas económicas para la compra de una vivienda, atendiendo a la edad del comprador (ayudas a los jóvenes) y la zona donde se encuentre el inmueble (por ejemplo, si está ubicado en zonas rurales). 

    Entre las comunidades en las que aún existe alguna deducción por la compra de una vivienda habitual encontramos:

    • Andalucía.
    • Aragón.
    • Asturias.
    • Cantabria.
    • Castilla-La Mancha.
    • Castilla y León.
    • Comunidad de Madrid.
    • Comunitat Valenciana.
    • Extremadura.
    • Galicia.
    • La Rioja.
    • Región de Murcia.

    Deducción por adquisición de vivienda habitual: la reinversión

    Si vendes tu vivienda habitual y, con todo el dinero obtenido, compras otra casa que pasará a ser tu primera residencia, no tienes que tributar por la ganancia patrimonial que logres con la venta. Es decir, tendrás una exención total. En cambio, si inviertes solo una parte de ese dinero de la venta en adquirir otra vivienda, la exención será parcial. 

    En cambio, no podrás deducirte nada por la nueva compra salvo que inviertas en ella más de lo que ganaste al vender la anterior. Ejemplo: vendes tu casa por 200.000 euros y luego compras otra por 280.000 euros. En este caso, puedes deducirte por la nueva vivienda al haber invertido más dinero del que obtuviste con la venta de la primera. Pero, como siempre, tendrás que cumplir varios requisitos: 

    • El inmueble vendido tenía que ser tu residencia habitual. 
    • La vivienda adquirida tiene que ir dirigida a ser la nueva residencia habitual, con lo que tendrás que habitar en ella mínimo durante tres años seguidos. 
    • No pueden pasar más de dos años entre la venta de una vivienda y la compra de la nueva. 

    Deducción por compra de vivienda habitual: mayores de 65 años 

    Si una persona mayor de 65 años o una persona con dependencia o gran dependencia realiza una compraventa o una donación de una vivienda habitual, tendrá exenciones fiscales por las ganancias patrimoniales que logre. 

    Para la exención de las ganancias es indiferente si la vivienda habitual se transmitió a cambio de dinero o bien a cambio de una renta (temporal o vitalicia). 

    Otras cuestiones sobre la deducción por compra de vivienda habitual

    Listamos aquí otros aspectos a tener en cuenta acerca de la deducción por compra de vivienda habitual:

    • En el caso de que la vivienda ya no sea tu residencia habitual, tendrás que informar a Hacienda. 
    • Si vendes tu vivienda habitual, ya no podrás seguir beneficiándote de más deducciones, aunque no afectará a las deducciones que ya se hayan aplicado, siempre que no vendas dentro de los tres primeros años.  
    • Si decides arrendar tu vivienda, tampoco podrás tener deducciones, porque eso significará que ese inmueble deja de ser tu residencia habitual. 
    • En el caso de que tengas una segunda vivienda que utilizas para ir de manera ocasional (en vacaciones) o bien simplemente la tienes cerrada, debes saber que tributará al 2% del valor catastral o al 1,10% si el valor fue revisado en los últimos 10 años. 
    Ismael De La Cruz
    Ismael De La Cruz
    Consultor financiero. Colabora en medios de España y Estados Unidos. Durante 12 años ha escrito un artículo semanal en Expansión. Ha sido miembro del Instituto Español de Analistas Técnicos y Cuantitativos
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